Chilpancingo, Gro., 15 de septiembre de 2026.

Para garantizar la soberanía e independencia institucional de la titularidad del Ejecutivo, exigiendo que quienes aspiren al cargo no cuenten con una segunda nacionalidad, la diputada Araceli Ocampo Manzanares presentó una iniciativa de reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de “requisito de nacionalidad”.

En su exposición de motivos, la legisladora por Morena explicó que en México la soberanía se expresa en el ámbito federal, pero también en el régimen interior de cada una de las entidades federativas, dentro de las competencias que nuestra Constitución reconoce a cada orden de gobierno.

También mencionó que la soberanía representa la capacidad institucional de la entidad para decidir su destino, administrar sus recursos y proteger a su población sin injerencias externas. Por ello, consideró indispensable que el orden jurídico determine con total claridad las condiciones que debe cumplir quien aspire a conducir el gobierno estatal.

En ese sentido, aclaró que su iniciativa no busca juzgar identidades ni cuestionar a quienes cuentan con doble nacionalidad por cuestiones migratorias o familiares, sino proteger las instituciones públicas frente a presiones o intereses extranjeros, alineando la legislación estatal al marco que establece el artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Nacionalidad.

La primera propuesta plantea modificar la fracción I del artículo 75 de la Constitución Política local para establecer expresamente que, para ocupar la gubernatura del estado, se requiere ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad.

Precisó, asimismo, que en caso de que otro país considere a la persona como nacional suya, ésta deberá acreditar, antes del registro de su candidatura, el Certificado de Nacionalidad Mexicana y la renuncia correspondiente a la otra, mediante documento expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Respecto a la reforma y adición a diversas disposiciones de la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales, se busca convertir dicho precepto en una condición verificable, documentable y exigible ante las autoridades electorales, normando los mecanismos de declaración, los documentos a presentar y los procedimientos de validación correspondientes durante el registro de candidaturas.

La diputada puntualizó que no basta con definir quién tiene derecho a ocupar la titularidad del Poder Ejecutivo, sino que resulta indispensable normar los procedimientos de acreditación, las declaraciones juradas, la documentación probatoria y las facultades de verificación del órgano electoral.

Concluyó que debe ser el orden jurídico y la Constitución local la que brinde plena certeza a las reglas de elegibilidad y proteja la soberanía de las instituciones de la entidad federativa.

Las iniciativas fueron turnadas a las Comisiones Unidas de Estudios Constitucionales y Jurídicos, y de Justicia, respectivamente, para su análisis y dictaminación.

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