• 6 de noviembre de 2024
  • Federico Nogueda Berdeja
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Armonizar ley vigente para proteger cuotas de trabajadores a la seguridad social y sanciones a quienes no reporten con puntualidad el recurso descontado, propuesta del Diputado de Morena Carlos Bello

Chilpancingo, Gro., 06 noviembre 2024

Con el objetivo de asegurar que las cuotas destinadas a la seguridad social de las y los trabajadores se manejen de forma adecuada, sin menoscabar sus beneficios laborales, el diputado Carlos Eduardo Bello Solano presentó una iniciativa de adición a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Guerrero para armonizarla con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a efecto además de fortalecer la transparencia.

La propuesta del legislador de Morena, representante del distrito 07 electoral local en Acapulco, refiere de la obligatoriedad de sancionar a quienes, en el ejercicio de su función en cualquier instancia de gobierno, no entere con oportunidad de las aportaciones de seguridad social, y por ello propuso la adición al artículo 64 Ter de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Guerrero.

Dicha adición va en los siguientes términos: «Incurrirán en falta administrativa grave quienes no enteren de las aportaciones de seguridad social al que estén afiliados los servidores públicos en los términos y condiciones que fijen sus respectivas leyes laborales y de seguridad social, independientemente de las sanciones civiles y penales que le correspondan de conformidad con las leyes en la materia, las cuales serán sancionadas en términos de la presente Ley».

De acuerdo con lo que establece la Ley en la materia, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa es el responsable de imponer «suspensión de treinta a noventa días naturales del empleo, cargo o comisión; destitución del empleo, cargo o comisión; sanción económica, Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público» y también sanciones de uno a veinte años, dependiendo de la afectación de la falta administrativa; y de tres meses a un año en caso de no causar daños y perjuicios, ni exista beneficio o lucro alguno».